UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL
"SIMÓN RODRÍGUEZ"
NÚCLEO PALO VERDE

CONTENIDO PROGRAMÁTICO

TEMA 1: GENERALIDADES.

1. DEFINICIÓN DE FINANZAS.
2. CONCEPTO DE FINANZAS INTERNACIONALES.
3. IMPORTANCIA DE LAS FINANZAS INTERNACIONALES.
4. NOMENCLATURA USADAS EN LAS FINANZAS INTERNACIONALES.
5. VALOR DE CAMBIO CON RESPECTO AL DÓLAR Y AL EURO.
6. TIPOS DE OPERACIONES INTERNACIONALES.
7. VENTAJAS Y DESVENTAJAS.

TEMA 2: BALANZA DE PAGOS.

1. CONCEPTO, CARACTERÍSTICAS, TIPOS DE CUENTAS.
2. REGISTRO DE LAS OPERACIONES CONTABLES.
3. PROBLEMAS EN EL REGISTRO DE LAS OPERACIONES EN LA BALANZA DE PAGOS.
4. ANÁLISIS DE LOS EFECTOS DE LA BALANZA DE PAGOS.
5. DESCRIPCIÓN DE LA BALANZA DE PAGOS EN VENEZUELA DESDE EL AÑO 2005 HASTA EL PRESENTE.

TEMA 3: SISTEMA MONETARIO INTERNACIONAL.

1. CONCEPTO DEL SISTEMA MONETARIO INTERNACIONAL.
2. SISTEMA PATRÓN ORO: DEFINICIÓN Y FUNCIONAMIENTO.
3. SISTEMA BRETÓN WOODS: CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS, COMPORTAMIENTO DESDE 1944 HASTA EL PRESENTE.
4. INSTITUCIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES: FONDO MONETARIO INTERNACIONAL: SU CREACIÓN, FUNCIONES, TIPOS DE SERVICIO QUE PRESTA, ROL DE ESTOS ORGANISMOS A NIVEL GLOBAL EN LOS ÚLTIMOS AÑOS.
5. BANCO MUNDIAL: CREACIÓN, FUNCIONES, TIPOS DE SERVICIO QUE PRESTA Y ROL DE ESTE ORGANISMO MUNDIAL EN LOS ÚLTIMOS TIEMPOS HASTA EL PRESENTE.
6. BANCO INTERNACIONAL DE PAGO (COMPENSACIÓN): ACUERDO DE BASILEA: SU CREACIÓN, FUNCIONES Y TIPOS DE SERVICIO QUE PRESTA.
7. SISTEMA MONETARIO EUROPEO: CREACIÓN, ESTRUCTURA, FUNCIONES Y TIPOS DE SERVICIO QUE PRESTA.
8. LA MONEDA EURO: COTIZACIÓN, ESTRUCTURA (CANASTA DE VARIAS MONEDAS).
9. DERECHO ESPECIAL DE GIRO: CONCEPTO, FUNCIONES Y ESTRUCTURA.

TEMA 4: MERCADO CAMBIARIO.

1. CONCEPTO DE DIVISA.
2. MERCADO DE DIVISAS.
3. OPERACIONES DE CAMBIO EN EL MERCADO INTERNACIONAL.
4. TIPOS DE COTIZACIONES DE CAMBIO.
5. CONTRATOS A FUTURO (FORWARD): CONCEPTO, FUNCIONES Y TIPOS DE CONTRATOS.
6. SISTEMA CAMBIARIO DE BANDAS: DEFINICIÓN Y FUNCIONAMIENTO.
7. RIESGO CAMBIARIO: CONCEPTO, ELEMENTOS FUNDAMENTALES DEL RIESGO CAMBIARIO: POSICIÓN CORTA Y POSICIÓN LARGA, TIPOS DE RIESGOS DE CAMBIO: TRANSACCIÓN DE BALANCE Y ECONÓMICO, ENDEUDAMIENTO EMPRESARIAL EN MONEDA EXTRANJERA.
8. COMPORTAMIENTO DEL MERCADO CAMBIARIO EN VENEZUELA DESDE 2005 HASTA EL PRESENTE.

TEMA 5: MERCADO FINANCIERO INTERNACIONAL.

1. CONCEPTO Y FINALIDAD.
2. ESTRUCTURA DEL MERCADO FINANCIERO INTERNACIONAL.
3. TIPOS Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CRÉDITOS INTERNACIONALES. (TRAER MODELO).
4. MERCADO DE EURODÓLARES: TIPOS Y FUNCIONAMIENTO (TRAER MODELO).
5. MERCADO INTERNACIONAL DE BONOS: CLASIFICACIÓN DEL MERCADO DE BONOS, ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO.
6. MERCADO DE EUROCRÉDITOS: ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO.

TEMA 6: FINANCIAMIENTO DEL COMERCIO INTERNACIONAL.

1. CONCEPTO Y FINALIDAD.
2. CARTA DE CRÉDITO: DEFINICIÓN, TIPOS, MODALIDADES, VENTAJAS Y DESVENTAJAS (TRAER MODELO).
3. COBRO DOCUMENTARIO: CONCEPTO Y TIPOS (TRAER MODELO).
4. ACEPTACIÓN BANCARIA: CONCEPTO Y TIPOS. (TRAER MODELO).
5. FACTORIZACIÓN: DEFINICIÓN Y TIPOS (TRAER MODELO).
6. FORFETIZACIÓN: CONCEPTO Y TIPOS (TRAER MODELO).
7. ARRENDAMIENTO INTERNACIONAL: CONCEPTO Y TIPOS (TRAER MODELO).
8. PERMUTA INTERNACIONAL: CONCEPTO Y TIPOS (TRAER MODELO).

TEMA 7: MERCADO BURSÁTIL INTERNACIONAL.

1. MERCADO WALL STREET (NEW YORK): FUNCIONAMIENTO Y TIPOS DE OPERACIONES.
2. MERCADO DEL ORO: FUNCIONAMIENTO Y TIPOS DE OPERACIONES.
3. DEUDA EXTERNA MUNDIAL: MERCADO DE LA DEUDA EXTERNA LATINOAMERICANA, TIPOS DE TÍTULOS QUE SE COTIZAN Y OPERACIONES; PLAN BRADY: CONCEPTO, VENTAJA Y DESVENTAJAS.
4. DEUDA EXTERNA VENEZOLANA: COMPORTAMIENTO DESDE 1983 HASTA NUESTROS DÍAS.
5. CLUB DE PARÍS: FUNCIONAMIENTO, VENTAJAS Y DESVENTAJAS.
6. MERCADO DE TÍTULOS ADR Y GDR: CONCEPTO Y FUNCIONAMIENTO DE ESTOS TÍTULOS.

TEMA 8: INVERSIÓN EXTERNA DIRECTA.

1. CONCEPTO.
2. EFECTOS DE LA INVERSIÓN EXTERNA DIRECTA EN LA BALANZA DE PAGOS EN EL PAÍS RECEPTOR Y DEL PAÍS INVERSOR.
3. LA EMPRESA MULTINACIONAL: DEFINICIÓN, CARACTERÍSTICAS, VENTAJA Y DESVENTAJAS DE SU INSTALACIÓN EN EL PAÍS.
4. FINANCIAMIENTO DE CASA MATRIZ A FILIAL Y VICEVERSA.
5. ASOCIACIONES ESTRATÉGICAS: CONCEPTO Y FUNCIONAMIENTO EN VENEZUELA (TRAER 02 MODELOS DE CASOS EN NUESTRO PAÍS).
6. COMPORTAMIENTO DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA EN VENEZUELA DESDE 2005 HASTA NUESTROS DÍAS.

martes, 9 de junio de 2009

FINANCIAMIENTO DEL COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 3


UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL

SIMÓN RODRÍGUEZ

NUCLEO PALO VERDE

CURSO: FINANZAS INTERNACIONALES

FACILITADOR: ISMAEL ARELLANOS

SECCIÓN: "B"

 

 

 

 

                                                                      FINANCIAMIENTO COMERCIAL

                                                             INTERNACIONAL

 

 

 

 

PARTICIPANTES:

DOS SANTOS LOURDES

C.I.17.982.439

GARCÍA KARLA

C.I. 17.444.718

GONZÁLEZ EMILY

                                                                                   C.I. 13.580.922

PERNIA ANDREINA

C.I. 13.851.250

PEREZ CARMEN

C.I. 10.473.346

 

CARACAS, JUNIO DE 2009

 

 

 

FINANCIAMIENTO DEL COMERCIO INTERNACIONAL

 

 

CARTA DE CRÉDITO

 

La carta de crédito consiste en un documento que emite el banco comercial del importador (denominado emisor de la carta) a favor del exportador y en el cual el banco emisor se obliga frente al exportador (beneficiario de la carta de crédito), a pagarle una suma de dinero, sujeto a la condición de que el beneficiario le presente al banco emisor documentos que evidencien que ha embarcado unas mercancías determinadas al importador (tomador u ordenante del crédito).

 

La carta de crédito comercial internacional crea una relación triangular donde uno o más bancos sirven como mecanismos para el pago del precio, mientras que la transferencia de las mercancías continúa siendo una relación directa entre el exportador y el importador, pero en la cual el banco asegura al importador que sólo pagará si el beneficiario presenta los documentos (certificados de embarque, facturas comerciales, etc.) exigidos  en la carta de crédito.

 

Flujo De relaciones básicas en un crédito documentario

 

 

ORDENADOR                   Embarca mercancía                   BENEFICIARIO

(Importador)                                                                          (Exportador)

 


               Paga la carta

                de crédito

Rembolsa monto                                                               Entrega documentos

pagado de la carta                                                              que evidencian

de crédito                                                                           embarque

 

EMISOR DE LA CARTA

(carta comercial)

 

 

En esta relación triangular hay  tres personas que constituyen las partes esenciales en toda relación de carta de crédito:

 

Ø  Ordenante (o tomador): El importador, que está comprando mercancía.

 

Ø  Emisor. El banco, que emite la carta de crédito.

 

Ø  Beneficiario: El exportador, quien será el que recibe los pagos bajo la carta de crédito.

 

  

 

 

Tipos De Cartas De Crédito

 

Las cartas de crédito están sujetas a dos clasificaciones básicas, que son: (1) carta de crédito revocable e irrevocable; (2) carta de crédito confirmada y no confirmada.

 

Ø  Carta de crédito revocable e irrevocable.

 

La  carta de crédito revocable es aquella que puede ser revocada por el banco emisor (normalmente por instrucciones del tomador), sin notificación previa al beneficiario, en cualquier momento antes de la presentación de los documentos de embarque al banco pagador de la carta de crédito.

La carta de crédito es irrevocable cuando no puede ser revocada o modificada por el importador o el banco. El banco emisor, sin el consentimiento, tanto del beneficiario como del banco confirmador, no puede modificar sus compromisos bajo un crédito irrevocable.

Bajo las Reglas Uniformes la carta de crédito debe indicar claramente si es revocable o irrevocable. A falta de esta indicación se considera irrevocable. En la práctica casi no se utiliza el crédito revocable, excepto en casos de compañías con una larga relación comercial entre si.

 

Ø  Cana de crédito confirmada y no confirmada;

 

 Los bancos que intervienen en la cadena de cartas de crédito inicialmente incluyen el banco emisor y el banco designado. El primero siempre está obligado a pagar los montos que se hayan girado sobre la carta de crédito. El reste de los bancos que intervienen en la cadena no están obligados a pagar monto alguno, salvo que hayan confirmado la carta de crédito.

 

Los bancos que pueden intervenir en la cadena en una emisión de carta de crédito son:

 

Notificador. Es el banco que simplemente asume, en cualquier plaza, la obligación de notificar los términos de la carta de crédito al beneficiario. El hecho de que un banco notifique una carta de crédito no lo incluye necesariamente dentro de la cadena de los que van a actuar en la operación.

 

Pagador. También denominado banco designado, es un banco que está dispuesto a participar en el procedimiento de pago de la carta de crédito, recibiendo por parte del exportador los documentos de embarque y paga al beneficiario una vez que recibió los fondos del banco emisor o del confirmador. Es posible que el banco designado sea diferente del banco confirmador, e inclusive un banco distinto al notificador.

 

Confirmador. Es el que asume frente al beneficiario las mismas obligaciones que tiene el banco emisor; por lo cual cuando un banco confirma una carta de crédito, acepta la obligación, sujeto a que se presenten los documentos exigidos, de pagar la carta de crédito conforme a lo estipulado en la misma.

 

La confirmación de la carta de crédito normalmente aparece en un documento separado, generalmente en la notificación del crédito que hace el banco confirmador al beneficiario. Debe ser pedida por el banco emisor. De no hacerlo, el banco notifica la carta sin confirmación. El banco al cual se le solicita confirmación, evidentemente no está obligado a cumplir este pedido, pero si no quiere confirmarla debe comunicarlo al emisor sin demora.

La mayor seguridad para el exportador es una carta de crédito irrevocable y confirmada.

 

Modalidades de la carta de crédito

 

Ø  Entrega única y entrega sucesiva

 La carta de crédito puede establecer que el exportador deberá despachar la totalidad de las mercancías descritas de una sola vez; o por el contrario, puede fijar entregas sucesivas. Si el importador desea un solo embarque, debe expresarlo en su solicitud de apertura de la carta de crédito. Normalmente, la carta de crédito de entregas sucesivas establece que el exportador podrá hacer uno o varios envíos hasta completar la totalidad del pedido, pero establece el límite o montos mínimos correspondientes a cada uno de ellos. A veces se incluyen fechas tope para exportaciones fraccionadas, en cuyo caso, si no se utiliza dentro del plazo estipulado, el crédito dejará de estar disponible para esa o cualquier subsiguiente fracción, salvo estipulación en contrario en la carta de crédito.

 

Ø  Vencimiento

Las cartas de crédito deberán necesariamente tener una fecha de vencimiento. Este es el plazo máximo permitido al exportador para completar la exportación y presentar los documentos correspondientes para girar contra la carta de crédito. Una carta de crédito (sea revocable o irrevocable) sin una fecha de vencimiento, no tiene valor como tal.

 

·         Pago a la vista y pago diferido

 

Pago a la vista. Si el importador y el exportador no han convenido en un plazo para el pago de los montos acordados bajo la carta de crédito, una vez que el exportador haya presentado los documentos al banco pagador y éste obtenga los fondos correspondientes del banco confirmador, el pago de la carta de crédito se hará efectivo.

 

Pago diferido. A veces el importador aprovecha la carta de crédito para obtener términos de financiamiento que le permitan recibir la mercancía y revenderla en su país. Para esto establece en la solicitud términos de pago diferido. Se puede hacer con dos mecanismos. El pago diferido puro y simple es un pago establecido a ciertos días, a la presentación de la carta de crédito. Así, por ejemplo, un pago diferido a 180 días, fecha de presentación de documentos, significa que el banco designado pagará al beneficiario el monto de la carta de crédito 180 días después que el beneficiario haya presentado los documentos requeridos.

La otra forma es pago mediante aceptación. Consiste en que el beneficiario presenta los documentos y con ellos unas letras de cambio (giros). El banco confirmador, entonces, estampa su aceptación sobre las letras de cambio, las que tienen un plazo de vencimiento que ha sido establecido en la carta de crédito. El beneficiario puede tomar posesión de las letras de cambio (giros) y dejarlas en el banco para su cobro al vencimiento. Como las letras de cambio están aceptadas por el mismo banco, éste automáticamente acreditará el monto al vencimiento de la carta de crédito. Una forma distinta de financiamiento es que el exportador tome las letras de cambio y con la aceptación del banco, proceda a negociarlos en el mercado.

 

·         Monto de la carta de crédito

Las cartas de crédito deberán establecer un monto máximo de las mismas. Este se puede determinar en la moneda del beneficiario (exportador), en la del ordenante o tomador (importador) o en la moneda de un tercer país. La moneda de la carta de crédito será la que deberá utilizar el banco pagador para cancelar las obligaciones derivadas a favor del beneficiario. Por supuesto, la moneda de la carta de crédito determinará la ubicación del riesgo de cambio en la operación de exportación correspondiente. Las cartas de crédito, además de fijar un monto total, determinan igualmente un valor por unidad de la mercancía exportada. Este puede ser por peso, embalaje, unidades u otros.

 

·         Carta de crédito rotativa - no rotativa

La carta de crédito rotativa es una carta de crédito de uso múltiple, donde cada vez que se hace una exportación y utilización de la carta de crédito se regenera el monto disponible para una nueva exportación. Una rotación en tiempo sería una carta de crédito que permita utilizaciones en ciertos montos cada semana, mes, trimestre, semestre o año.

 La carta de crédito rotativa puede ser acumulativa o no acumulativa. Bajo una carta acumulativa, un monto no utilizado en un período determinado se acumula para el período subsiguiente. En una no acumulativa, un monto no utilizado en un período determinado se pierde.

 

·         Cláusula roja

Esta es una forma excepcional de otorgar un crédito por parte del importador al exportador o beneficiario de la carta de crédito, antes que se haya completado la exportación. Bajo la cláusula roja, al beneficiario se le permite girar contra la carta de crédito aún antes de haber hecho la presentación de los documentos. Normalmente la cláusula roja no es por el monto total de la carta de crédito, sino por una porción de la misma.

 

Ventajas En El Uso De La Carta De Crédito

 

Exportador (vendedor)

 

·         No tiene el riesgo de crédito del importador

·         Riesgo de crédito contra el banco confirmador/emisor

·         Si paga a la vista no tiene financiamiento.

·         Modo sencillo de exportar sin neccóidad de comunicaciones complejas. Sólo presenta documentos y cobra.

 

Importador (comprador)

 

·         Difiere pago, al menos hasta que se embarque producto.

·         Si el pago es diferido (o mediante aceptación), tiene crédito sin costo.

 

 

Desventajas En El Uso De La Carta De Crédito

 

Exportador (vendedor)

 

·         Si el pago es diferido, tendrá costos de financiamiento.

·          Si moneda de pago diferente a la suya, riesgo de fluctuación de cambio.

·         Obliga a tener precios competitivos; en algunos casos disminuye pedidos ya que la carta de crédito usa el crédito de importador.

 

Importador (comprador)

 

·         Recibe documentos que se especifican, pero no tiene garantía que la mercancía esté conforme.

·         Uso de su capacidad de endeudamiento con el banco emisor.

 

COBRO DOCUMENTARIO

 

Consiste fundamentalmente en el cobro de los montos correspondientes a una exportación con la participación de un banco como intermediario, pero donde el banco no asume riesgo de crédito alguno.

  

 

Dentro de la cobranza documentaría se identifican cinco posibles partes:

 

·         El ordenante, que corresponde al exportador.

·         El banco remitente, que es al cual el ordenante ha confiado la operación de cobro y remisión de documentos.

·         El banco cobrador, que es cualquier banco distinto al banco remitente involucrado en el trámite de la orden de cobro (por supuesto, no es indispensable y pasa a ser una figura análoga al banco pagador en caria de crédito documentaría).

·         El banco presentador, que presenta la cobranza, así como los documentos de embarque al importador.

·         El girador (o sea el importador, contra quien se presentan los giros o la cobranza y al que se deberán entregar los documentos de embarque).

 

Modalidades de pago en el cobro documentarlo

 

El cobro documentario, al igual que la carta de crédito documentaría, puede tener pago a la vista o pago diferido.

El pago a la vista, se realiza estableciendo en la orden de cobranza que los documentos de embarque serán entregados contra pago.

El pago diferido, la instrucción correspondiente va con una letra de cambio, la cual debe ser aceptada por el importador para ser pagada en una fecha futura.

La instrucción del ordenante o exportador deberá indicar si la letra de cambio es pagadera en el futuro y si los documentos de embarque se entregan contra la simple aceptación de la letra de cambio o contra el pago.

 

ACEPTACIÓN BANCARIA

 

La aceptación bancaria consiste en la aceptación por parte de un banco o instituto de crédito, de una letra de cambio librada por un tercero.

Lo que hace el banco es que, contra la presentación de los documentos de embarque, en lugar de pagar, crea o acepta un giro a favor del exportador, quien a su vez lo descuenta en el mercado.

El inversionista compra del exportador la aceptación bancaria y al vencimiento de la letra acude al banco para el cobro de la misma. El banco está obligado a pagar y luego que lo hace acude al importador para el cobro u obtención del efectivo correspondiente al valor de la importación, ahora evidenciada en la aceptación. El acto de aceptación consiste en la firma que pone el banco sobre una letra de cambio, en su carácter de aceptante. La regla universal, es que el aceptante en una letra de cambio es el obligado principal sobre la misma. Por lo tanto, al vencimiento, el inversionista acude al banco y solicita el pago.

  

 

 

 

LA  FACTORIZACIÓN

 

 

La factorización es un contrato de servicio financiero ofrecido a pequeños y medianos exportadores, por el cual el factor asume su representación en todo lo relativo a sus cuentas por cobrar generadas por sus exportaciones. En las operaciones de factorización el factor asume una gama de servicios  que comprenden: gestión, servicios en general, asegurar el cobro y el financiamiento que se genera por cuanto el factor anticipa al exportador montos sobre las facturas ante de su cobro.

 

Tipos de contratos de factorización.

 

Los tipos de contratos de factorización se clasifican de acuerdo a la amplitud del servicio que ofrece el factor a su cliente, e incluyen:

·         Factorización con anticipo de fondos y recurso contra el exportador. El factor anticipa fondos que están garantizados con las facturas comerciales cedidas. Sin embargo, el exportador garantiza al factor el buen cobro de la factura, de modo que el factor tendrá recurso contra el exportador si una factura no se ha podido cobrar.

·         Factorización con anticipo de fondos y sin recurso. Es igual al anterior, excepto que el riesgo del éxito en el cobro de la factura lo asume el factor. Evidentemente este tipo de factorización es más caro que el anterior.

·         Factorización sin anticipo de cobro y sin recurso. Es un simple servicio de cobrador. El factor recibe las cuentas por cobrar y las lleva al cobro, rindiéndole cuenta al exportador de los montos cobrados.

·          Factorización con servicios administrativos y servicios auxiliares. El factor asume la función de expedición de  facturas, guarda la contabilidad y cumple todas las funciones de cobro. En esta forma amplia de factorización el factor se convierte en el ala financiera y administrativa del exportador. Dentro de los servicios auxiliares se incluyen a veces los de mercadeo, conseguir clientes, etc. Asimismo, el factor se encarga de buscar seguros de crédito.

·         «Back-to-back» factoring. El factoring «back-to-back» (espalda a espalda, o sea, operación contra operación) consiste fundamentalmente en dos operaciones de factoring. Un exportador que vende la mayoría de sus productos a un distribuidor en un país determinado conviene con su compañía de factorización en venderle todas las cuentas por cobrar bajo un contrato de factorización. A su vez, el factor del exportador quiere traspasar una parte o la totalidad de los riesgos de crédito en las cuentas por cobrar contra el importador o distribuidor del producto. En este caso, el importador o distribuidor del producto, a la vez entra en contrato de factorización con un factor en el país del importador (factor del importador) y el factor del importador con el derecho del cobro de los montos debidos al distribuidor por sus clientes finales garantizan al factor del exportador la totalidad de la operación. Las cuentas por cobrar  del distribuidor en el país del importador respaldan en parte las cuentas por pagar del distribuidor a favor del exportador original.

 

FORFETIZACIÓN

 

La forfetización es una forma de financiamiento que consiste en la venta sin recurso de letras y pagarés originados de operaciones de exporta­ción de bienes a mediano y largo plazo. Una venta sin recurso.es aquella en la cual el comprador del instrumento no tiene recurso contra el vendedor para exigirle el pago, si el obligado no paga.

Las operaciones de forfetización generalmente se hacen por casas es­pecializadas, subsidiarias de bancos internacionales.

 

Tipos de forfetización

 

 

 

ARRENDAMIENTO INTERNACIONAL

 

El arrendamiento consiste en transferir el uso de un bien mueble duradero a un tercero contra el pago de una cuota o canon.

 

El arrendamiento internacional se ha desarrollado en tres formas diferentes:

 

·         Arrendamiento para exportación. En este tipo de arrendamiento el exportador acude a una compañía de arrendamiento a quien le vende el equipo y le solicita que alquile el equipo o bien que esta exportando al importador. Este arrendamiento de exportación sirve como un mecanismo de financiamiento para la exportación, donde el importador tiene el incentivo de la ventaja o beneficio financiero que le representa el arrendamiento en lugar de la adquisición del equipo.

·         Leasing internacional en el sentido estricto.  Consiste en un arrendamiento de bienes para usos temporales en diferentes plazas. El ejemplo típico son los arrenda­mientos internacionales que se realizan de plataformas de perforaciones petroleras, naves, aeronaves y contenedores. Estos son arren­damientos operativos por cuanto el arrendatario no toma la cosa arrendada por su vida útil sino por un período determinado, para un uso determinado y en el contrato de arrendamiento no se le da al arrendatario la opción de adquirirla al final del contrato de arrenda­miento.

·          Arrendamiento para operaciones específicas. Es una clasificación es­pecial de arrendamiento internacional hecha no con el propósito de la promoción de exportaciones sino para los efectos de adecuar la venta de un bien a una operación específica. Se presenta típicamen­te en casos de naves o aeronaves.

 

PERMUTAS INTERNCAIONALES

 

La permuta internacional, es la transferencia de bienes y servicios a través de las fronteras, donde la transacción se realiza como un intercambio de producto por producto, en lugar de la venta de producto por dinero.  Es decir,  un intercambio de bien por bien. En un esquema sencillo, cada exportador, en una operación de permuta comercial internacional, se convierte en un importador y viceversa. La permuta comercial internacional se ve como un mecanismo de financiamiento.

Tipos De Operaciones De Permuta

·         Permuta Pura:

En la permuta pura el Exportador A es a su vez importador de los produc­tos de B. Se ejecuta, ordinariamente, dentro de un plazo relativamente corto ya que los montos de cada una de las operaciones de venta, tanto del Exportador A como Exportador B, están predefinidas y por lo tanto ambos exportadores tienen el riesgo de variaciones en el valor de los productos que se han obligado a adquirir.

 

·         Contra-compra. («Counter Purchase»)

La contra-compra es posiblemente la forma de permuta internacional más utilizada hoy en día. Consiste fundamentalmente en un convenio entre dos partes, por el cual el exportador inicial de un producto conviene en adquirir, dentro de un plazo determinado, ciertos bienes y servicios del país importador. Es, fundamentalmente, un convenio recíproco de compra-venta por el cual ambas exportaciones (tanto la inicial como la diferida) se pagan en dinero. La obligación de adquirir en el futuro por parte del exportador inicial queda diferida por un plazo que normalmente oscila entre un año y cinco años.

Los bienes que el exportador inicial se obliga a adquirir en el futuro del importador no necesariamente corresponden a los producidos por la empresa importadora inicial, sino a bienes y servicios producidos en el país del importador por otra empresa. A su vez, el exportador inicial no tendrá ninguna utilización para los bienes y servicios que se compromete a adquirir en el futuro; por lo cual, después de realizar la exportación, el exportador transfiere su obligación de comprar productos, ordinariamente a través de un sistema de cámara de compensación, a un tercero por lo general ubicado en su propio país, quien termina siendo el importador de la segunda operación de exportación.

En las negociaciones de contra-compra la segunda operación de exportación se exige que sea por un valor igual o en algunos casos superior a la operación inicial. A veces el plazo de diferimiento a la segunda operación corresponde al de financiamiento que se le ha dado al importador para la primera operación.

 

·         Compensación directa

La operación de compensación, también denominada Contratos de Compensación Directa, es aquella según la cual el exportador inicial asume con el importador la obligación de adquirir en el futuro bienes relacionados con la primera exportación. La compensación, al igual que la contra-compra, consiste en convenios separados de exportación, por lo tanto cada operación se paga en dinero.

Las características fundamentales de los convenios de compensación son:

Ø  Los plazos de cumplimiento de la segunda exportación normalmente están diferidos a plazos largos, entre 5 y 20 años;

Ø  La operación de compensación, al igual que la operación de contra-compra, contiene dos operaciones de exportación, ambas pagaderas en dinero pero vinculadas a una exportación subsiguiente, o segunda exportación, con la diferencia de que en las operaciones de compensación la segunda exportación está relacionada con la exportación inicial.

Ø  En las operaciones de compensación, los montos correspondientes a la segunda exportación no tienen necesariamente una relación directa con el valor de la primera exportación sino que la tienen con un porcentaje de la producción de la planta o equipo exportada.

 

·         Créditos Compensatorios ("Switch Trading").

La cuarta forma de permuta internacional es el sistema de créditos compensatorios, por el cual el exportador inicial no recibe dinero sino, por el contrario, recibe créditos que le dan derecho a adquirir cierta cantidad de bienes del país del importador. Estos créditos permiten que el exportador inicial use los créditos para comprar cualquier mercancía incluida en una lista pre-convenida entre las partes. Los créditos están denominados en moneda fuerte tales como Dólar Estadounidense, Euro, Yen Japonés, Libra Esterlina.

El sistema de crédito compensatorio opera bajo dos mecanismos diferentes:

1.   Los derivados de convenios intergubernamentales, normalmente bi­laterales. Bajo este sistema, los créditos compensatorios pasan a una cámara o banco de créditos de exportación y son liquidados con débitos y créditos dentro de dicha cuenta por las operaciones co­merciales entre los países miembros de los convenios bilaterales o plurilaterales.

2.   Sistemas de crédito compensatorio con particulares. Bajo este meca­nismo un exportador recibe los créditos compensatorios y a él le corresponde negociarlos o venderlos en el mercado abierto. Este último sistema es normalmente el utilizado con exportadores de países occidentales cuando no existen convenios bilaterales.

Bajo el sistema intergubernamental de créditos compensatorios, el exportador inicial recibe como compensación un crédito de impor­tación contra el país importador inicial, en lugar de recibir sumas de dinero. Este crédito, a su vez, es transferido al banco de créditos de exportación, quien compensa al exportador en moneda de curso legal en su país y luego negocia los créditos compensatorios con el país del importador. Lo que sucede es que estos créditos permiten que el país del exportador importe mercancías no relacionadas con la importación original y pague por las mercancías mediante débitos contra los créditos correspondientes de la exportación inicial. Cuan­do el convenio entre gobiernos es plurilateral (o sea, abarca más de un estado), se pueden compensar recíprocamente entre varios de los países miembros del acuerdo de compensación de créditos compensatorios.

 

 

·         Permuta Combinada con Venta.

Una variación de la permuta simple, o sea, donde se intercambian bienes por bienes o bienes por créditos para adquirir bienes, es la versión de permuta combinada con venta. En la permuta combinada con venta una de las partes en la permuta conviene en pagar parte del precio para la adquisición de un bien en dinero y parte del precio mediante la entrega de bienes. Esto representa, para el ven­dedor de los bienes, parcialmente una permuta y parcialmente una venta.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

 

OtOtis-Rodner, James (2008). Elementos de finanzas internacionales. 2 da. Edición, Editorial Arte. Caracas.

 



 

 

 

 





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